3 de marzo de 2021.- Orden de 2 de marzo de 2021 de la Consejería de Salud, por la que se da publicidad al nivel de alerta sanitaria actual por COVID-19 en que se encuentra la Región de Murcia y cada uno de sus municipios.

NIVEL DE ALERTA MUNICIPAL EN LA COMARCA DEL GUADALENTÍN

Lorca: medio/alto.

Águilas: medio/alto.

Totana: medio/alto.

Puerto Lumbreras: extremo.

Aledo: bajo.

 

Puede acceder a la orden pinchando en el botón que se muestra a continuación.

ACCESO

 

ASPECTOS DESTACADOS

La Región de Murcia se encuentra en Fase 1 de riesgo asistencial, en atención al número medio de ingresos medios hospitalarios en los últimos días y al número de pacientes ingresados en UCI por COVID-19, siendo el nivel de alerta sanitario regional medio/alto.

Con carácter general para la Región de Murcia, toda actividad comercial y de prestación de servicios abierta al público deberá cerrar sus locales y establecimientos para la atención presencial a partir de las 22:00 horas, momento de inicio de la limitación nocturna de movimientos. Después de esa hora, y hasta la hora de cierre habitual del establecimiento, únicamente será posible la prestación del servicio a domicilio.

Con carácter general, cuando el servicio de restauración y hostelería se desarrolle en terrazas al aire libreel aforo será el máximo permitido, siempre y cuando se respeten las distancias generales de seguridad establecidas, pudiendo las mesas o agrupación de mesas estar ocupadas por un máximo de cuatro personas no convivientes o por un solo grupo de personas convivientes en cuyo caso no habrá límite numérico.

En los municipios en que, por encontrarse en un nivel de alerta municipal inferior al extremo, se pueda abrir el interior de los locales de los establecimientos de restauración y hostelería la ocupación máxima permitida, siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad, será del 30% de su aforo y con un máximo de dos personas por cada mesa, salvo convivientes.

No se permitirá el servicio en barra para consumo en los establecimientos.

En relación a las celebraciones relativas a las ceremonias nupciales y otras celebraciones religiosas y civilesse recomienda su aplazamiento y si no fuera posible se aconseja su celebración en terrazas o en el exterior de los locales. El número máximo de personas permitidas será de 30, tanto en el exterior como en el interior.

La Orden entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y mantendrá sus efectos hasta la publicación de una nueva orden que la sustituya en atención a la evolución de la situación epidemiológica.

 

 

 

 

 

 

 

Contacta con nosotros

Si tiene alguna duda puede enviarnos un correo electrónico y nos comunicaremos con usted lo antes posible.

¿No se puede leer? Cambia el texto. captcha txt

Empiece a escribir y presione Entrar para buscar