20 de enero de 2021.- Orden de 19 de enero de 2021 de la Consejería de Salud, por la que se da publicidad al nivel de alerta sanitaria actual por COVID-19 en que se encuentra la Región de Murcia y cada uno de sus municipios.

 

 

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ASPECTOS DESTACADOS:

  • Toda actividad comercial y de prestación de servicios abierta al público deberá cerrar sus locales y establecimientos para la atención presencial a partir de las 20:00 horas, pudiendo únicamente desarrollar su actividad a través de los servicios de entrega a domicilio y recogida en el local bajo pedido previo.
  • No estarán afectados por la limitación horaria anterior:
    • Los establecimientos de alimentación.
    • Los servicios de comedor de: Hoteles, hostels, albergues y otros alojamientos turísticos exclusivamente respecto de los clientes en ellos alojados; Residencias de toda índole; Comedores del ámbito social; Centros educativos de Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Universitaria; Centros sanitarios, para la atención exclusiva de sus trabajadores y personas acompañantes de los pacientes ingresados; Centros de trabajo de carácter privado, para la atención exclusiva de sus trabajadores. Deberán respetar en todo momento las medidas de prevención y contención aplicables en la Región de Murcia para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
    • Los centros universitarios, educativos y de formación de cualquier índole.
  • También quedan excluidos de las limitaciones previstas: 
    • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
    • Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
    • Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la  realización de las actividades permitidas.
  • Quedan suspendidas en todo el territorio regional las celebraciones de eventos multitudinarios, aun cuando ya estuviesen previstas e incluso presentada la correspondiente declaración responsable.
  • Se dispone, para todo el territorio regional, el cierre de todos los centros de día de personas mayores y personas con discapacidad, así como la suspensión de la atención presencial en los mismos. Asimismo, se dispone la suspensión de las visitas en las residencias de personas mayores y en las residencias y viviendas tuteladas de personas con discapacidad.
  • La Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (20 de enero de 2021) y mantendrá sus efectos hasta la publicación de una nueva orden que la sustituya en atención a la evolución de la situación epidemiológica.
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