2 de junio de 2021.- Orden de 1 de junio de 2021 de la Consejería de Salud, por la que se da publicidad al nivel de alerta sanitaria actual por COVID-19 en que se encuentra la Región de Murcia y cada uno de sus municipios.

Puede acceder al documento pinchando en el botón que se muestra a continuación.

ACCEDER

 

ASPECTOS DESTACADOS

Objeto.
Es objeto de la Orden dar publicidad al nivel de alerta sanitaria por COVID-19 en el que se encuentran la Región de Murcia y sus municipios tras la última evaluación de la situación epidemiológica.

Nivel de alerta sanitario regional.
A fecha 31 de mayo de 2021, la Región de Murcia se encuentra en un nivel de alerta sanitario regional medio.

Medidas aplicables.

Con carácter general para la Región de Murcia, toda actividad comercial y de prestación de servicios abierta al público deberá cerrar sus locales y establecimientos para la atención presencial entre la 01:00 y las 06:00 horas.

Durante ese periodo y hasta la hora de cierre habitual del establecimiento, únicamente será posible la prestación del servicio a domicilio.

Quedan excluidos de esta limitación los servicios y establecimientos dedicados a las siguientes actividades de carácter esencial que tengan previamente autorizado horario de apertura nocturno, tales como:
a) Dispensación de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.
b) Asistencia en centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Asistencia en centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
d) Obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales o de prestación de servicios de carácter urgente que deban realizarse en horario nocturno.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
g) Gasolineras o estaciones de servicio y sus áreas de descanso.
h) Aeropuertos, puertos, estaciones de tren o de autobuses.

Eficacia.
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y mantendrá sus efectos hasta la publicación de una nueva orden que la sustituya en atención a la evolución de la situación epidemiológica.

 

Contacta con nosotros

Si tiene alguna duda puede enviarnos un correo electrónico y nos comunicaremos con usted lo antes posible.

¿No se puede leer? Cambia el texto. captcha txt

Empiece a escribir y presione Entrar para buscar