7 de septiembre de 2020.- Publicada en el BORM la convocatoria de ayudas dirigidas al apoyo a inversiones productivas y tecnológicas COVID-19.

Puede acceder a la convocatoria en el siguiente enlace:

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El plazo de presentación de la ayuda se inicia el día 8 de septiembre, a las 9 de la mañana, y finaliza el 30 de septiembre. La convocatoria es en régimen de concurrencia competitiva con lo que los expedientes se aprueban por orden de entrada hasta agotar la dotación.

Esta linea de ayudas tiene como objetivo subvencionar la adquisición de programas y material informático nuevo que permitan la incorporación al teletrabajo, la conciliación laboral, personal y familiar, nuevos sistemas de comunicación que mejoren la competitividad de las empresas, así como inversiones en material de protección que aseguren la actividad y eviten contagios.

Entre otros, los requisitos de la ayuda son los siguientes:

  1. Se pueden beneficiar los autónomos y pymes de cualquier sector que haya realizado o vaya a realizar inversiones productivas y tecnológicas para paliar los efectos en la actividad económica y laboral provocados por el COVID-19.
  2. Subvención a fondo perdido con una intensidad máxima del 50% sobre los costes elegibles para medianas empresas, 65% para pequeñas empresas y el 85% para microempresas y autónomos y un importe máximo por beneficiario de 15.000 Euros.
  3. Serán objeto de subvención la adquisición de activos materiales e inmateriales nuevos, sin limitación en cuanto a su importe, provenientes de terceros para la modernización productiva necesaria para la incorporación de las empresas a fórmulas de teletrabajo y nuevos sistemas de comunicación, así como para inversiones de elementos de protección y seguridad necesaria para poder llevar a cabo la actividad económica evitando posibles contagios de coronavirus.
  4. El plazo de realización de los proyectos e inversiones aprobadas comenzará desde el 1 de marzo de 2020 y hasta 6 meses desde la notificación de la Resolución de Ayuda.
  5. La presentación se hará obligatoriamente por sede electrónica, a través de www.institutodefomentomurcia/infodirecto, donde se encontrará disponible el formulario de solicitud de ayuda.
  6. Puede consultar las bases reguladoras de la convocatoria aquí (BORM nº 182 de 7 de agosto de 2020).

 

 

 

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