31 de julio de 2025.- El BOE ha publicado el Real Decreto-ley por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado. CONSULTAR BOE 

Mediante la modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo, publicado en el BOE de hoy, 30 de julio.
 
Este Real Decreto-ley, en cumplimiento de la Directiva relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, amplía el permiso de nacimiento en tres semanas y a cargo exclusivo de la Seguridad Social. La duración total de la prestación por nacimiento y cuidado del menor alcanza así diecinueve semanas. Cada uno de los progenitores podrá disfrutar de estas tres semanas adicionales  en dos periodos diferenciados: una de ellas hasta que el menor cumpla los 12 meses de edad y las dos semanas restantes  hasta que éste cumpla 8 años. Esta ampliación del permiso por nacimiento únicamente se aplica a los menores que hayan nacido a partir del 2 de agosto de 2.024. No puede solicitarse hasta el 1 de enero de 2.026.
 

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