17 de marzo de 2021.- Orden de 16 de marzo de 2021 de la Consejería de Salud, por la que se da publicidad al nivel de alerta sanitaria actual por COVID-19 en que se encuentra la Región de Murcia y cada uno de sus municipios.

 

Puede acceder a la orden pinchando en el botón que se muestra a continuación.

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ASPECTOS DESTACADOS

Con carácter general para la Región de Murcia, toda actividad comercial y de prestación de servicios abierta al público deberá cerrar sus locales y establecimientos para la atención presencial a partir de las 22:00 horas, momento de inicio de la limitación nocturna de movimientos. Después de esa hora, y hasta la hora de cierre habitual del establecimiento, únicamente será posible la prestación del servicio a domicilio.

Restauración y hostelería:

  • Cuando se desarrolle en terrazas al aire libre, podrá disponer del aforo máximo permitido.
  • En el interior se podrá ocupar el 30% de su aforo, siempre y cuando se respeten las distancias generales de seguridad establecidas.
  • En ambos casos, las mesas o agrupación de mesas podrán estar ocupadas por un máximo de cuatro personas no convivientes o por un solo grupo de personas convivientes en cuyo caso no habrá límite numérico.

Celebraciones relativas a las ceremonias nupciales y otras celebraciones religiosas y civiles.

  • Se recomienda su aplazamiento y si no fuera posible se aconseja su celebración en terrazas o en el exterior de los locales.
  • El número máximo de personas permitidas será de 30, tanto en el exterior como en el interior.

La Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y mantendrá sus efectos hasta la publicación de una nueva orden que la sustituya en atención a la evolución de la situación epidemiológica.

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