24 de septiembre de 2026.- Convocatoria de la Línea 2 del Programa AUTO+, dirigida a empresas y autónomos para la adquisición de vehículos eléctricos y electrificados con etiqueta ambiental CERO.

El Ministerio de Industria y Turismo ha publicado hoy, 24 de septiembre de 2026, la convocatoria de la Línea 2 del Programa AUTO+, dirigida a empresas y autónomos para la adquisición de vehículos eléctricos y electrificados con etiqueta ambiental CERO.  

ACCESO BOE

La convocatoria cuenta con 50 millones de euros de presupuesto: 42 millones para empresas y 8 millones para profesionales autónomos. Las ayudas se concederán por orden de presentación hasta que se agote el presupuesto disponible.

PLAZO DE SOLICITUD:  Desde el 1 de octubre de 2026 a las 10:00 h. hasta el 31 de diciembre de 2026, a las 14:00 h.
 

IMPORTES MÁXIMOS POR VEHÍCULO

Tipo de vehículo Autónomos y microempresas Resto de empresas
Turismos M1 Hasta 6.000 € Hasta 4.500 €
Furgonetas y comerciales ligeros N1 Hasta 7.500 € Hasta 5.000 €
Motocicletas L3e, L4e y L5e Hasta 1.100 € Hasta 1.100 €
Cuadriciclos L6e y L7e Hasta 1.500 € Hasta 1.500 €

¿CÓMO SE CALCULA LA AYUDA?

  • Criterio eléctrico. Los eléctricos puros obtienen el 50 % del importe máximo; los híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida, el 25 %.
  • Criterio económico. En turismos M1, los vehículos de hasta 35.000 € sin impuestos reciben un 25 % adicional del importe máximo; si superan esa cifra, el 15 %. Para el resto de categorías, el porcentaje es del 25 %.
  • Criterio europeo. Puede añadirse un 15 % por montaje y terminación final en la UE y un 10 % adicional si la batería cumple los requisitos europeos establecidos. Para estos incrementos el modelo deberá figurar en la Lista Blanca del Programa AUTO+.

Límites de precio: los turismos M1 de hasta siete plazas no podrán superar los 45.000 € sin impuestos; las motocicletas L3e, L4e y L5e, los 10.000 € sin impuestos.

CONDICIONES IMPORTANTES

  • Se admiten compra directa, leasing financiero y renting. En leasing o renting, el contrato deberá tener una duración mínima de tres años.
  • Vehículos nuevos: primera matriculación en España a partir del 1 de enero de 2026, a nombre del beneficiario o de la empresa de renting/leasing.
  • También pueden acogerse determinados vehículos adquiridos a concesionarios o puntos de venta, matriculados por primera vez desde el 1 de enero de 2025, siempre que no hayan transcurrido más de 12 meses entre la primera matriculación y la factura.
  • Máximo de 10 vehículos por empresa y 3 vehículos por autónomo.
  • En turismos M1 y vehículos N1 nuevos, la factura debe incluir un descuento mínimo de 1.000 € antes de impuestos, identificado expresamente como vinculado al Programa AUTO+.
  • El beneficiario deberá mantener la titularidad del vehículo y su matriculación en España durante al menos dos años desde la concesión.
  • Las ayudas están sujetas al régimen de minimis.

DOCUMENTACIÓN BÁSICA PARA LA SOLICITUD

La solicitud se presentará de forma electrónica a través del sistema telemático del Ministerio. Entre la documentación que deberá prepararse figura:

  • Ficha técnica (Tarjeta ITV) definitiva y permiso de circulación definitivo.
  • Factura de compraventa y justificantes bancarios del pago.
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
  • Certificado de situación censal.
  • En empresas, documentación acreditativa de la representación y certificado de ayudas de minimis.
  • Cuando proceda, contrato de financiación, renting o leasing y documentación específica de la operación.
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