26 de octubre de 2020.- Comunidad Autónoma Región de Murcia. Decreto del Presidente nº 6/2020, de 26 de octubre, por el que se adoptan medidas para la aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2
A continuación le ofrecemos un resumen y contenidos relacionados.
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RESUMEN:
. Se determina la eficacia inmediata de las medidas previstas en el artículo 7 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, en todo el ámbito territorial la Región de Murcia, que se refiere a:
- La permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, quedará condicionada a que no se supere el número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes y sin perjuicio de las excepciones que se establezcan en relación a dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público.
- No estarán incluidas en la limitación prevista en este artículo las actividades laborales e institucionales ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.
– Se limita la permanencia de personas en lugares de culto mediante la fijación los siguientes aforos para las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos:
- Ceremonias: no podrá superar el 50% de aforo en espacios cerrados (con un máximo de 30 personas).
- Lugares de culto: no podrá superar el 50% de aforo en espacios cerrados. Se recomienda ofrecer servicios telemáticos o por televisión.
- Sin limitaciones al aire libre siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad, salvo que se supere el número de personas previsto para eventos multitudinarios en la Orden de 9 de octubre de 2020 de la Consejería de Salud, por la que se adoptan medidas generales de carácter temporal, para hacer frente a la epidemia de COVID-19 en la Región de Murcia, en cuyo caso resultarán de aplicación las normas establecidas para los mismos.
–Entrada en vigor: día de su publicación (26 de octubre de 2020).
–Vigencia: hasta las 00:00 h del día 9 de noviembre de 2020.