4 de diciembre de 2025.- VERI*FACTU tras el Real Decreto-ley 15/2025.

Hace unas semanas celebramos en CECLOR una jornada formativa sobre Veri*factu, ya que el Gobierno indicaba la obligatoriedad para principios de 2026, en unos casos y mediados, en otros.

El calendario ha cambiado.

El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, que, entre otras medidas, modifica el reglamento SIF/VERI*FACTU y aplaza un año la fecha de aplicación efectiva de las obligaciones para los sistemas informáticos de facturación.

El modelo SIF/VERI*FACTU sigue en pie.

El modelo no cambia, cambia el cuándo hay que implementarlo obligatoriamente.

El reglamento SIF/VERI*FACTU regula las obligaciones técnicas, pero lo que el Real Decreto-ley cambia son las fechas a partir de las cuales será obligatorio tener el sistema adaptado.

Nuevo calendario 2027

El Real Decreto-ley 15/2025 fija el siguiente calendario:

  • Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades deberán tener adaptados sus sistemas informáticos antes del 1 de enero de 2027.
  • El resto de obligados, deberán tener sus sistemas operativos antes del 1 de julio de 2027.

Además, se mantiene que los productores y comercializadores de software debían tener sus productos adaptados en el plazo de nueve meses desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024 (plazo que ya corrió y venció en 2025, por lo que el mercado debería disponer de soluciones conformes).

Recordamos:

·1 de enero de 2027 para empresas del Impuesto sobre Sociedades;

·1 de julio de 2027 para autónomos y resto de obligados.

Qué recomendamos trabajar durante el 2026:

  • Desde el punto de vista de gestión empresarial, 2026 se convierte en el año clave para una adaptación más pausada.
  • Tener ya identificado con el asesor y el proveedor si el software de facturación actual que tiene la empresa puede adaptarse o se necesita migrar a otro.
  • Solicitar la declaración responsable SIF del proveedor, o por lo menos su compromiso de adaptación en fechas concretas dentro de 2026.
  • Hacer un piloto interno con el modo VERI*FACTU para comprobar cómo funciona la remisión de registros y el QR.

 

Desde CECLOR entendemos que este cambio normativo genera, por un lado, alivio (hay un año más de margen), y por otro, cierta inseguridad por modificar los plazos apenas 20 días antes.

Por ello, mantendremos el plan de organizar jornadas, pero más concretas y orientadas a planificar la transición 2026-2027.

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