15 de octubre de 2020.- Los establecimientos de restauración y hostelería del casco urbano de Lorca podrán desarrollar la actividad en el interior aplicando el límite de aforo del 40% de ocupación máxima. Así se establece en la Orden de 14 de octubre de 2020 de la Consejería de Salud publicada hoy en el BORM.

Puede consultar el documento haciendo clic en el siguiente botón

 

ACCEDER

 

Así, los establecimientos de restauración y hostelería del casco urbano del municipio de Lorca podrán desarrollar su actividad en el interior y les será de aplicación el límite de aforo del 40% de ocupación máxima en el interior de los locales. 

Recordamos que el resto de medidas para Lorca se mantienen durante siete días naturales a contar desde las 00:00 horas del día 15 de octubre de 2020:  

  • Se restringe la libre entrada y salida de personas del ámbito territorial del casco urbano de Lorca.
  • Se permitirán aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:
  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales. 
  • Asistencia a centros docentes y educativos de cualquier nivel, excepto en aquellos casos en que se haya acordado por la autoridad competente la educación no presencial.
  • Asistencia o realización de actuaciones urgentes o requeridas ante las administraciones públicas, órganos judiciales o notariales.
  • Retorno al lugar de residencia habitual.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.
  • Se permite ejercicio físico y deporte en espacios amplios y abiertos, fuera del perímetro delimitado en el artículo 1, a pie o en bicicleta, de manera individual o por personas convivientes, siempre que transcurra a través de las vías habilitadas para este fin por el Ayuntamiento.
  • Los establecimientos de restauración y hostelería del casco urbano del municipio de Lorca podrán desarrollar su actividad en el interior y les será de aplicación el límite de aforo del 40% de ocupación máxima en el interior de los locales. 
  • Con carácter general, la ocupación máxima permitida en el interior de los  establecimientos, locales o instalaciones regulados y cuya actividad no esté suspendida, se fija en un cincuenta por ciento de su aforo. 

 

 

 

Contacta con nosotros

Si tiene alguna duda puede enviarnos un correo electrónico y nos comunicaremos con usted lo antes posible.

¿No se puede leer? Cambia el texto. captcha txt

Empiece a escribir y presione Entrar para buscar